Bueno, les cuento que el otro día vi el documental
"Seras lo que has sido" sobre el ex presidente Nestor Kirchner.
En el decían que en
el año 1989 Kirchner firmo junto con el presidente Carlos Menem una ley para
integrar a Santa Cruz al SADI (Sistema Argentino de Interconexion).
En resumen, busco la
factura de luz y veo que efectivamente nos estan cobrando este recargo, que se
le cobra a todo aquel que paga la luz, es un 6 por mil del total de la factura
que se viene cobrando hace 20 años y enviando a Santa Cruz para una conexión
que todavía no se terminó. Terrible...!!!
PROYECTO DE RESOLUCION
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través del
organismo que corresponda, en relación al cargo establecido por la Ley 23681 sobre el precio de
venta de energía eléctrica -"Fondo Provincia de Santa Cruz ley
23681"-, se sirva informar:
1.- Montos percibidos y transferidos por tal concepto, de la
empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica (EDENOR, EDELAP y
EDESUR) a la Secretaría
de Energía, desde la entrada en vigencia de la ley mencionada, a la fecha;
2.- A qué cuenta y a la orden de qué organismo fueron
transferidos dichos fondos;
3.- Intereses devengados por los fondos recaudados desde la
fecha de su implementación y hasta la actualidad;
4.- Si ha existido acto de licitación para el desarrollo de
obras de interconexión a la red nacional de Energía Eléctrica:
a.- Fecha de realización del mismo;
b.- Empresa adjudicataria.
5.- Cuál ha sido el destino de los fondos recaudados? En su
caso, informe detalle de obras de infraestructura realizadas y/o estado de
ejecución de las mismas;
6.- Presupuesto de gastos de las obras proyectadas y/o
realizadas; en este último caso, informe monto del presupuesto efectivamente
ejecutado a la fecha.
Margarita Stolbizer
Ariel Basteiro
Miguel Angel Giubergia
Silvina Leonelli
Claudio Lozano
Héctor T. Polino
Hugo G. Storero
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El objeto de la aplicación de tal recargo era destinar el
producido total del mismo a realizar inversiones en los sectores eléctricos y
reducir el nivel de las tarifas aplicadas a los usuarios de la Empresa Servicios
Públicos Sociedad del Estado de la provincia de Santa Cruz, a fin de que dichas
tarifas alcancen el nivel promedio del resto del país y hasta tanto se
produjera la interconexión de la provincia al Sistema Interconectado Nacional
(S.I.N.).
Cabe destacar que el organismo encargado de actuar como
agente de percepción a los efectos de su ulterior transferencia a la Empresa Servicios
Públicos Sociedad del Estado, sería la Secretaría de Energía.
En el año 2001, mediante Decreto 1378, se estableció la
vigencia del recargo aún luego de la interconexión de la Provincia de Santa Cruz
al Sistema Argentino de Interconexión (SADI). Ello fundado en que si bien se
estaba llevando a cabo la construcción de una línea de transmisión de
electricidad de quinientos kilovoltios (500 kv) desde la Ciudad de Choele Choel,
Provincia de Río Negro, hasta Puerto Madryn de la Provincia de Chubut, que
vincularía esta última con el S.A.D.I., y daría la posibilidad de interconectar
a la Provincia
de Santa Cruz, resultaba imperioso construir una línea de transmisión de
electricidad para interconectar a esta última.
Consecuencia de ello es que mediante el decreto de mención
se estableció la constitución de un fondo fiduciario, cuya finalidad única y
exclusiva será la atención del costo de la obra de interconexión de la Provincia de Santa Cruz
con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (S.A.D.I.), el cual se mantendrá
vigente luego de la efectiva interconexión hasta cubrir los costos de dicha
obra.
Al año 2004 -habiendo accedido a sendos informes de las
empresas EDELAP (Empresa Distribuidora La Plata S.A .) -recaudación desde Enero de 1999 a Enero de 2005- EDENOR
S.A. (Desde año 1992 a
Diciembre 2004) y EDESUR S.A. (año 1992 a Diciembre 2004), pudimos saber que la
cifra de recaudación por la aplicación de la ley 23681 y el Decreto 1378/2001,
asciende a la suma aproximada de Pesos Ciento Veinte millones quinientos
ochenta y nueve mil setecientos noventa y cuatro ($ 120.589.794). Ello sin
tener en cuenta los intereses que desde aquellos años a la fecha se han
devengado.
Lo grave de esta situación es que los ciudadanos,
consumidores del servicio de energía eléctrica, vienen aportando dinero a un
fondo del que se desconoce su destino, si bien la ley ha explicitado en sus
fundamentos los motivos de la aplicación del recargo. Ello empero, no ha
servido para que la población toda, pudiera acceder a la información respecto
de la aplicación de los fondos en las obras a realizarse.
En función a la normativa vigente, la situación planteada, y
el desconocimiento imperante respecto del avance de las obras de
infraestructura necesarias para la incorporación de la Provincia de Santa Cruz
al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONECTADO, y siendo que seguimos aportando desde
los confines más recónditos del país a un fondo del cuál no sabemos dónde está
depositado, resultando entonces hasta podríamos decir, confiscatorio, es que
solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.
Fuente:
http://www1.hcdn.gov.ar/dependencias/ceycombust/proyectos/textos/549
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